La Ley N° 21.668, publicada el 28 de mayo de 2024, introduce la interoperabilidad de las fichas clínicas en el sistema de salud chileno.
La Ley de Interoperabilidad es una modificación a la Ley 20.584, conocida como Ley de Derechos y Deberes de los Pacientes, tiene el objetivo principal de garantizar la continuidad de la atención médica, sin importar si el prestador de salud es público o privado.
Esto significa que la información médica del paciente podrá ser compartida entre distintos prestadores, lo que evita la duplicidad de exámenes y permite una atención más segura y eficiente.
La ficha clínica es un instrumento obligatorio que registra los antecedentes de salud de las personas y debe ser custodiada por uno o más prestadores de salud.
Puede estar en formato electrónico, papel o cualquier otro soporte, siempre que se garantice la confidencialidad, conservación y acceso oportuno de los datos.
La ficha clínica deberá ser interoperable, lo que significa que podrá ser compartida entre diferentes prestadores de salud para asegurar la continuidad de la atención.
Esto incluye tanto a prestadores públicos como privados, quienes deberán adoptar medidas para garantizar el acceso a la información contenida en las fichas clínicas por parte de los profesionales que participen en la atención del paciente.
Los prestadores de salud están obligados a conservar las fichas clínicas por un periodo mínimo de 15 años y deben cumplir con las normativas vigentes sobre protección de datos personales.
Además, tendrán la responsabilidad de garantizar la confidencialidad de los datos y registrar quién accede a la ficha clínica.
Solo los profesionales de la salud directamente involucrados en la atención del paciente, junto con entidades como la Superintendencia de Salud y el Ministerio de Salud, podrán acceder a las fichas clínicas. Esto refuerza las normativas existentes de confidencialidad y protege la privacidad del paciente.
El Ministerio de Salud tiene un plazo de 18 meses para actualizar el reglamento que establece las condiciones y procedimientos para la interoperabilidad de las fichas clínicas, garantizando así una implementación paulatina pero eficaz.
Esta ley trae múltiples beneficios, entre ellos:
Atención médica continua: La información médica estará disponible para cualquier prestador, lo que permite una atención más rápida y evita repetir pruebas médicas.
Reducción de costos: Al no tener que repetir exámenes ni explicaciones del historial médico, se ahorrará tiempo y dinero.
Mayor seguridad: Se evitarán errores médicos derivados de la falta de información, mejorando la calidad de la atención.
El Ministerio de Salud tiene un plazo de 18 meses para crear un reglamento que establezca cómo se implementará la interoperabilidad en todo el país. Este reglamento definirá las condiciones y medidas necesarias para garantizar que los sistemas de salud puedan compartir la información de forma segura y eficiente.
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Content Manager Podcast
Periodista, content manager y consultora de comunicaciones.