Aviso de Privacidad de la Facturación Electrónica con el SII
Versión v1 — Fecha de publicación: 31 de agosto de 2026
Este aviso complementa la Política de Privacidad general de Encuadrado y describe, de forma específica, el tratamiento de datos personales que supone la Facturación Electrónica con el SII: la emisión y anulación, en nombre del profesional, de boletas y facturas electrónicas ante el Servicio de Impuestos Internos de Chile. Se lee conjuntamente con los Términos y Condiciones de la Facturación Electrónica con el SII. En caso de discrepancia sobre materias generales, prima la Política de Privacidad.
1. Quién trata los datos y en qué calidad
Encuadrado SpA, RUT 76.927.155-4, domiciliada en Avenida Presidente Riesco 5335, Las Condes, Santiago de Chile, opera la plataforma Encuadrado.
Respecto de los datos personales de los clientes o pacientes que figuran en los documentos tributarios (nombre, RUT, monto y descripción del servicio), el profesional es el responsable del tratamiento (Art. 2 letra j, Ley 19.628 modificada por la Ley 21.719) y Encuadrado actúa como encargado por su cuenta (Art. 15 bis). Los clientes o pacientes pueden ejercer sus derechos directamente ante su profesional; Encuadrado colaborará con el profesional para hacerlos efectivos.
El SII no es subencargado de Encuadrado. El Servicio de Impuestos Internos es un órgano del Estado que trata los datos que recibe en ejercicio de sus facultades legales y bajo su propia responsabilidad. La comunicación de datos al SII que la emisión supone se efectúa en cumplimiento de la normativa tributaria y por instrucción del profesional.
Respecto de los datos propios del profesional (identificación tributaria, Credenciales Tributarias, configuración de emisión, documentos tributarios emitidos), Encuadrado es el responsable del tratamiento (Arts. 13 letras b y c).
Canal de contacto para materias de privacidad: legal@encuadrado.com.
2. Qué datos se tratan
| Dato | Origen | Naturaleza |
|---|---|---|
| Identificación del cliente o paciente receptor del documento: nombre y RUT | Registros del profesional en la plataforma | Dato personal identificador |
| Monto de la operación y glosa o descripción del servicio | Configuración del profesional | Dato personal — la glosa puede revelar, por asociación, la naturaleza de la prestación recibida; los Términos obligan al profesional a no incluir en ella información clínica |
| Identificación tributaria del profesional: RUT, situación de inicio de actividades, autorizaciones de emisión, exención o afectación de IVA | Profesional / SII | Dato personal del profesional |
| Credenciales Tributarias: clave tributaria del SII; certificado digital de facturación y su contraseña; sesión autenticada ante el SII reutilizada durante la operación | Profesional / generadas en la operación | Credenciales de acceso — medidas reforzadas (sección 7) |
| Documentos tributarios emitidos y sus antecedentes (folio, estado, fecha), e intentos de emisión fallidos con el error reportado | Generados por el servicio / SII | Dato personal |
| Registro de aceptación/revocación de los Términos por el profesional | Profesional | Dato personal no sensible |
La Facturación SII no accede a la ficha clínica, a las notas, a los registros de visita ni a las transcripciones de sesiones del cliente o paciente.
3. Para qué se tratan (finalidades) y con qué base de licitud
| Finalidad | Base de licitud |
|---|---|
| Emitir y anular documentos tributarios en nombre del profesional —incluida la comunicación al SII de los datos que la normativa exige incluir en ellos— conforme al mandato y a la configuración definida por el profesional | Encargo del profesional (Art. 15 bis) respecto de los datos del cliente o paciente; ejecución del contrato (Art. 13 letra c) y cumplimiento de obligación legal tributaria (Art. 13 letra b) respecto de la emisión |
| Custodiar las Credenciales Tributarias para operar el servicio | Ejecución del contrato (Art. 13 letra c) |
| Entregar el documento al cliente o paciente y mantener el respaldo en la cuenta del profesional, incluidos los intentos fallidos para su corrección | Arts. 13 letras b y c |
| Habilitar, operar y registrar la activación del servicio en la cuenta del profesional | Art. 13 letra c y registro de la aceptación (Art. 12) |
La base de licitud respecto de los datos del cliente o paciente se funda en el encargo del profesional y presupone que este ha puesto a disposición de sus clientes o pacientes los Términos para Clientes o Pacientes y ha verificado su aceptación.
4. Cómo fluyen los datos
1. Conexión. El profesional registra en la plataforma sus Credenciales Tributarias y su configuración de emisión (tipo de documento, glosas, exención o afectación de IVA).
2. Emisión. Al confirmarse el pago de una atención (emisión automática, si el profesional la configuró para el servicio) o al registrarla como pagada desde el calendario (emisión manual), el servicio emite el documento que corresponde a la situación tributaria del profesional: la boleta de honorarios electrónica directamente ante el SII, con la clave tributaria del profesional; la boleta electrónica de ventas y servicios —afecta o exenta— y la factura electrónica a través del proveedor autorizado de facturación electrónica (sección 5), con el certificado digital del profesional.
3. Entrega y respaldo. El documento emitido se pone a disposición del cliente o paciente —incluido su envío por correo electrónico— y queda respaldado en la cuenta del profesional. Los intentos fallidos se informan al profesional con el error reportado, para su corrección y reintento.
4. Anulación. Cuando procede, el servicio solicita la anulación ante el SII o el proveedor, según el tipo de documento.
Para no reabrir sesiones ante el SII en cada operación, el servicio puede reutilizar la sesión autenticada del profesional mientras esté vigente; se descarta al expirar o ante un error irrecuperable.
5. Quiénes intervienen y transferencias internacionales
Destinatario legal (no subencargado):
| Entidad | Función | País |
|---|---|---|
| SII (Servicio de Impuestos Internos) | Recibe, registra y valida los documentos tributarios emitidos en nombre del profesional, en ejercicio de sus facultades legales | Chile |
Subencargados de Encuadrado:
| Proveedor | Función | País |
|---|---|---|
| Sovos | Proveedor autorizado de emisión de boleta y factura electrónica (timbraje e intercambio electrónico con el SII) | Chile |
| Amazon Web Services (AWS) | Infraestructura y base de datos de la plataforma; almacenamiento del certificado digital y de los documentos emitidos | EE.UU. |
| AWS SES (Simple Email Service) | Envío por correo electrónico del documento al cliente o paciente | EE.UU. |
La emisión propiamente tal se efectúa ante el SII y a través de proveedores domiciliados en Chile. El almacenamiento y el envío de correos en AWS implican transferencia internacional de datos a Estados Unidos (Arts. 27 y 28), cubierta por acuerdos de tratamiento de datos con garantías adecuadas que otorgan derechos exigibles a los titulares.
Encuadrado verifica la compatibilidad de cada subencargado con las exigencias de la legislación chilena antes de contratarlo y de manera permanente durante toda la relación, a lo menos una vez al año y cada vez que el proveedor modifique sustancialmente sus términos, políticas de tratamiento o condiciones de retención. La incorporación o sustitución de un proveedor se comunica al profesional con treinta (30) días corridos de anticipación, por correo electrónico y aviso en la plataforma.
Este listado se mantiene actualizado en este aviso.
6. Cuánto tiempo se conservan
| Dato | Plazo |
|---|---|
| Documentos tributarios emitidos y sus antecedentes de emisión | 6 años desde la emisión (plazos de conservación tributaria — Código Tributario) |
| Credenciales Tributarias (clave tributaria, certificado y su contraseña) | Mientras la Facturación SII esté habilitada; se suprimen al desconectar el servicio, al término de la suscripción o a solicitud del profesional |
| Sesión autenticada ante el SII | Hasta su expiración o rotación; se descarta ante un error irrecuperable |
| Datos del cliente o paciente en el documento | Forman parte del documento tributario y siguen su plazo (6 años) |
| Registro de aceptación/revocación del profesional | Mientras la cuenta esté activa, más los plazos de prescripción legales |
Los documentos ya emitidos conservan plena validez ante el SII y no se ven afectados por la revocación de los Términos.
7. Cómo se protegen y quién accede
Medidas técnicas. Las Credenciales Tributarias se almacenan con cifrado en reposo —la clave tributaria del SII, además, cifrada a nivel de campo— y las comunicaciones se cifran en tránsito (TLS). Las credenciales se utilizan única y exclusivamente para las operaciones de emisión y anulación instruidas o configuradas por el profesional — Encuadrado no realiza con ellas ninguna otra gestión ante el SII. Encuadrado mantiene control de accesos basado en roles, registro y auditoría de accesos, gestión de vulnerabilidades y procedimientos de respuesta a incidentes, y adopta los estándares y certificaciones de seguridad de la información que la normativa aplicable exija o que resulten exigibles conforme al estándar de la industria.
Acceso de personal de Encuadrado. Encuadrado accede a la información del servicio —incluidos los documentos emitidos y los errores de emisión— únicamente en tres casos, siempre limitado al personal expresamente autorizado, al contenido mínimo necesario y con registro de auditoría: (i) para atender una solicitud de soporte del propio profesional; (ii) para investigar y resolver fallas, errores o incidentes de seguridad; y (iii) para el control de calidad del servicio. No se accede con fines comerciales ni publicitarios.
8. Derechos de los titulares
Clientes o pacientes: los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y bloqueo (Arts. 4 y siguientes) se ejercen ante el profesional, responsable del tratamiento, sin perjuicio de las obligaciones legales de conservación de los documentos tributarios, que pueden limitar la supresión. Encuadrado, como encargado, asistirá al profesional en su cumplimiento.
Profesionales: pueden ejercer estos derechos ante Encuadrado a través de legal@encuadrado.com y gestionar su aceptación desde "Mis consentimientos". La revocación pone término al mandato e inhabilita la emisión de nuevos documentos, sin efecto retroactivo (Art. 12); los documentos ya emitidos se conservan conforme a la sección 6.
Si una solicitud es rechazada o no respondida, el titular puede reclamar ante la Agencia de Protección de Datos Personales.
9. Decisiones automatizadas
La Facturación SII no adopta decisiones automatizadas que produzcan efectos jurídicos sobre los clientes o pacientes ni sobre los profesionales (Art. 8 bis). La emisión automática opera exclusivamente dentro de la configuración previamente definida por el profesional —servicios, montos, glosas y tipo de documento— y no comporta valoración alguna sobre la persona del cliente o paciente. La aceptación o el rechazo de una emisión es una validación del SII o del proveedor autorizado conforme a la normativa tributaria.
10. Cambios a este aviso
Cada modificación de este aviso se publica como una nueva versión con su fecha (Art. 14 ter letra a). Los cambios sustantivos al tratamiento se comunicarán al profesional y, cuando corresponda, requerirán nueva aceptación de los Términos de la Facturación SII. Se entienden sustantivos, entre otros, los cambios en la identidad o el rol de los subencargados, en las transferencias internacionales y en el alcance del mandato de emisión.
11. Referencias normativas
Mientras no se encuentre íntegramente vigente la Ley 21.719, las referencias de este aviso a los artículos de la Ley 19.628 según su texto modificado se entenderán hechas a las disposiciones equivalentes de dicha ley en su texto vigente, sin que ello altere ni disminuya los compromisos asumidos por Encuadrado, los que se entienden asumidos convencionalmente y con independencia de la entrada en vigencia de esa ley. En lo tributario rigen además el Código Tributario, el D.L. 824, el D.L. 825 y las resoluciones del SII sobre documentos tributarios electrónicos.